Acuerdo de Pago
Acuerdo de Pago
El trámite de acuerdos de pago consiste en adquirir un crédito Municipal a un determinado plazo. Este crédito es autorizado por el Director de Ingresos Municipales, previa solicitud del contribuyente, donde se le es autorizado bajos las consideraciones del director. Este trámite se realiza cuando el contribuyente no tiene capacidad para la cancelación total de un tributo municipal, se le solicita el 50% para hacer efectivo dicho acuerdo. Impuesto de bienes Inmuebles, Impuesto de Ingreso Mensual, Impuesto de Matrícula, Multa por Construcción, Impuesto de Reparo, Impuesto de Rodamiento, Impuesto por rótulos, etc.
Tasa
Alcaldia Municipal de Rivas
Ingresos Municipales
DIM
C$ 00.00
Caja
Oficina de Cartera y Cobro
25633388
25633388
- Solicitar previamente en la dirección de Ingresos Municipales Autorización del Acuerdo de pago.
- Presentar debidamente lleno los formatos de ibi, impuesto sobre ventas, matricula, etc. dependiendo el caso.
- Copia de escritura de constitución de la sociedad.
- Copia de poder de la persona que firmara dicho acuerdo de pago.
- Original y Copia de Cedula de identidad del representante legal (de quien firma el acuerdo de pago).
- Original y Copia de Cedula de identidad del contribuyente o de la persona autorizada para realizar el trámite.
- Carta Poder (Si actúa en representación del Contribuyente).
- Para todos los acuerdos de pagos es indispensable la primera cuota que consiste en abonar el 50 % de la deuda.
- El plazo del arreglo no puede ser mayor de 6 meses.
- Presentarse a la Dirección de Ingresos Municipales de la Alcaldia de Rivas.
- Ya autorizado el acuerdo de pago por el Director en funciones, dirigirse a la oficina de cartera y cobro (DIM).








