Rodamiento vehícular
Rodamiento vehícular
Este trámite consiste en pagar el impuesto de rodamiento de todas aquellas personas (naturales y jurídicas) propietarias de vehículos automotor registrados en el Municipio de Rivas.
Impuesto
Alcaldia Municipal de Rivas
Ingresos Municipales
DIM
Según Categorías
Caja
Alcaldia Municipal de Rivas
+50525633388
25633388
-
Persona Natural
- Cédula de identidad.
- Copia y original de la tarjeta de circulación del vehículo.
-
Persona Jurídica
- Listado de los vehículos propiedad de la empresa (especificando tipo y categoría).
- Copia de todas las tarjetas de circulación a nombre de la institución.
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Personas Jubiladas
- Cédula de identidad.
- Original y copia del carnet de jubilado vigente.
- Copia y original de la tarjeta de circulación del vehículo.
- Autorización del Departamento de Registro del Contribuyente.
- Valor por el costo de la Especie Fiscal, definido por la Dirección de Ingresos.
-
Cuerpo Diplomático y Consular, Organismos Internacionales
- Aval extendido por el Ministerio de Relaciones Exteriores que lo acredite como representante.
- Detalle de los vehículos (marca, placa, color, año, etc.)
- Copia y original de la tarjeta de circulación del vehículo.
- Valor por el costo de la Especie Fiscal, definido por la Dirección de Ingresos.
-
Policia Nacional, Bomberos, Cruz Roja, Cruz Verde y Ejército
- Tarjeta de circulación de cada vehículo a nombre de la institución y fotocopia.
- Valor por el costo de la Especie Fiscal.
- Los Jubilados de acuerdo al Arto. 12 de la citada Ley, que se encuentran exentos del pago de éste impuesto tendrán, derecho únicamente a la exoneración del Impuesto Municipal de Rodamiento de un vehículo, el cual deberá estar a nombre de éste en la tarjeta de circulación, siempre y cuando no lo utilice para fines comerciales.
- La Alcaldía contempla para esta exención, las siguientes categorías: Jubilado por Vejez, Jubilados por Invalidez total ó parcial y por Viudez.
- Quedan exentos del pago de Impuesto Municipal de Rodamiento, por el tipo de servicio que brindan a la sociedad, los vehículos de la Dirección General de Bomberos de Nicaragua, Cuerpo de Bomberos Voluntarios, Cruz Roja, Cruz Verde, Ejercito de Nicaragua y Policía Nacional.
- Motoclicletas de uso particular y estatal C$ 50.00
- Tractores y Maquinaria agrícola (se exceptúan implementos agrícolas) C$ 75.00
- Automóviles, camionetas y Jeeps de uso particular y estatal C$ 100.00
- Taxis y camionetas de uso comercial C$ 125.00
- Microbuses de uso comercial C$ 150.00
- Remolques C$ 250.00
- Buses de uso comercial C$ 300.00
- Camiones de menos de 2.5 a 5 toneladas C$ 400.00
- Montacargas C$ 500.00
- Camiones de hasta 5.5 a 7 toneladas C$ 600.00
- Cabezales C$ 1,000.00
- Camiones de más 7.5 a 12 toneladas C$ 1000.00








